Decreto 37/2022: el currículo de Infantil en Castilla y León

Decreto 37/2022: el currículo de Infantil en Castilla y León

Qué regula el Decreto 37/2022, cómo se estructura el currículo de Educación Infantil en Castilla y León y por qué es imprescindible dominarlo para la oposición de 2027.

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Decreto 37/2022: el currículo de Infantil en Castilla y León

Actualizado: mayo 2026 · Por Equipo Selvia

El Decreto 37/2022, de 29 de septiembre (BOCyL núm. 190, 30 de septiembre de 2022) establece la ordenación y el currículo de la educación infantil en Castilla y León. Desarrolla la LOMLOE y el Real Decreto 95/2022 a nivel autonómico. Derogó el Decreto 122/2007 (segundo ciclo) y parcialmente el Decreto 12/2008 (primer ciclo). Quien oposite a Infantil en CyL en 2027 necesita dominarlo: el tribunal evalúa que se maneje la terminología, la estructura curricular y los principios pedagógicos de esta norma.

CyL tiene una particularidad: el decreto incluye objetivos de etapa propios de la comunidad (art. 6) que no existen en el RD 95/2022 estatal. Mencionarlos en el tema o la programación demuestra que se ha leído la norma autonómica y no solo un resumen del real decreto.

Estructura del decreto

El Decreto 37/2022 se organiza en cinco capítulos, cuatro anexos y disposiciones adicionales:

Capítulo I: Disposiciones generales (arts. 1-9). Objeto, ordenación de la etapa, finalidad, principios generales, estructura curricular, objetivos, competencias clave, competencias específicas y mapa de relaciones competenciales.

Capítulo II: Ordenación de las enseñanzas (arts. 10-12). Principios pedagógicos, áreas, elementos transversales.

Capítulo III: Organización (arts. 13-16). Horario, tutoría, coordinación entre ciclos y etapas, participación de las familias.

Capítulo IV: Evaluación (arts. 17-19). Evaluación del alumnado, evaluación de la práctica docente, documentos e informes.

Capítulo V: Atención individualizada al alumnado (art. 20). Atención a las diferencias individuales, detección temprana.

Anexos:

  • Anexo I: Competencias clave en Educación Infantil

  • Anexo II.A: Principios metodológicos de la etapa

  • Anexo II.B: Orientaciones para la evaluación

  • Anexo II.C: Orientaciones para el diseño y desarrollo de situaciones de aprendizaje

  • Anexo III: Áreas de Educación Infantil (competencias específicas, criterios de evaluación, contenidos por área)

  • Anexo IV: Mapa de relaciones competenciales

Elementos del currículo

El artículo 5 define la estructura curricular. La terminología LOMLOE que hay que manejar:

Competencias clave (art. 7): las ocho de la Recomendación del Consejo de la UE de 2018 (comunicación lingüística, plurilingüe, STEM, digital, personal/social/aprender a aprender, ciudadana, emprendedora, conciencia y expresión culturales).

Competencias específicas (art. 8): desempeños que el alumnado debe desarrollar en cada área. Se concretan en el Anexo III.

Criterios de evaluación (art. 8): referentes vinculados a las competencias específicas. En CyL están secuenciados por cursos en el segundo ciclo (3 años, 4 años, 5 años), no solo por ciclo.

Contenidos (art. 8): CyL usa el término "contenidos" donde otras comunidades dicen "saberes básicos". Es la misma categoría curricular: conocimientos, destrezas y actitudes propios de cada área.

Situaciones de aprendizaje (Anexo II.C): actividades contextualizadas que implican el despliegue de competencias. El Anexo II.C incluye orientaciones específicas para diseñarlas.

Mapa de relaciones competenciales (art. 9, Anexo IV): vincula las competencias específicas de cada área con las competencias clave. Útil para justificar en la programación cómo cada actividad contribuye a las competencias clave.

Las tres áreas del segundo ciclo

El decreto organiza el segundo ciclo de Infantil (3-6 años) en tres áreas (Anexo III), que se abordan con enfoque globalizador:

1. Crecimiento en Armonía. Construcción de la identidad personal, autonomía, conocimiento del cuerpo, gestión emocional, hábitos saludables, convivencia. Conecta con los temas 1-4 y 8-10 del temario.

2. Descubrimiento y Exploración del Entorno. Observación y experimentación del medio físico, natural y social. Pensamiento lógico-matemático, relaciones espaciales y temporales, acercamiento a la naturaleza. Conecta con el tema 5 y el tema 25 del temario.

3. Comunicación y Representación de la Realidad. Comunicación verbal y no verbal, aproximación a la lectura y escritura, lenguaje artístico (plástico, musical, corporal), tecnologías digitales. Conecta con los temas 18-24 del temario.

Cada área tiene en el Anexo III sus propias competencias específicas, criterios de evaluación (secuenciados por cursos en el segundo ciclo) y contenidos.

Objetivos propios de CyL (art. 6)

Además de los objetivos del art. 13 de la LOMLOE y del art. 7 del RD 95/2022, CyL añade tres objetivos autonómicos:

a) Iniciarse en el conocimiento y valoración de la cultura, tradiciones y valores de la sociedad de Castilla y León.

b) Iniciarse en el reconocimiento y conservación del patrimonio natural de la comunidad como fuente de riqueza y diversidad.

c) Descubrir el desarrollo de la cultura científica en CyL, iniciándose en la identificación de avances en matemáticas, ciencia, ingeniería y tecnología.

Son tres líneas que el tribunal de CyL conoce y que diferencian a quien ha leído el decreto autonómico de quien solo ha leído el real decreto estatal.

Principios pedagógicos (art. 10 y Anexo II.A)

El artículo 10 establece los principios pedagógicos. El Anexo II.A los desarrolla como principios metodológicos de la etapa. Los que el tribunal espera ver reflejados en el tema, la programación y el supuesto:

  • Atención individualizada y aprendizaje significativo

  • Enfoque globalizador e integrador de las áreas

  • Actividad, experimentación y juego como ejes del aprendizaje

  • Creación de un ambiente de seguridad, afecto y confianza

  • DUA (Diseño Universal para el Aprendizaje) como principio para garantizar la inclusión

  • Coordinación con las familias como agentes educativos fundamentales

  • Detección temprana de dificultades

El Anexo II.A detalla cómo traducir estos principios en práctica de aula: organización de espacios, tiempos, agrupamientos, recursos y estrategias metodológicas.

Evaluación (arts. 17-19)

La evaluación en Infantil en CyL es global, continua y formativa. La técnica principal es la observación directa y sistemática. Puntos clave:

  • No tiene carácter de promoción ni de calificación. No hay notas numéricas. La evaluación es cualitativa y descriptiva.

  • Se evalúa el grado de desarrollo de las competencias clave y el progreso en las competencias específicas de cada área.

  • Se evalúa también la práctica docente como punto de partida para su mejora (art. 18). El tribunal valora que la programación incluya evaluación de la propia enseñanza, no solo del aprendizaje del alumnado.

  • Los documentos de evaluación incluyen: informe de evaluación individualizado al final de cada curso y un informe final de etapa al finalizar Infantil.

El Anexo II.B incluye orientaciones específicas para la evaluación en CyL: qué evaluar, cuándo, cómo y con qué instrumentos.

Atención individualizada (art. 20)

CyL titula este capítulo "Atención individualizada al alumnado" (no "atención a la diversidad" a secas). Establece:

  • La atención a las diferencias individuales como principio fundamental

  • La necesidad de una detección temprana de cualquier dificultad

  • Pautas de intervención docente adaptadas a las singularidades de cada alumno

  • Coordinación con servicios de orientación y con las familias

El DUA aparece como marco metodológico para garantizar que la intervención sea inclusiva desde el diseño, no como adaptación posterior.

Para qué necesitas dominar este decreto en la oposición

En el tema escrito: cada tema se desarrolla citando normativa vigente de CyL. Si el tema habla de desarrollo afectivo, hay que conectar con las competencias específicas de "Crecimiento en Armonía" del Decreto 37/2022. Si habla de lenguaje, con "Comunicación y Representación de la Realidad". Citar el Decreto 122/2007 (derogado) delata que el temario no está actualizado.

En el supuesto práctico: los supuestos piden intervenciones contextualizadas en la normativa vigente de la comunidad. La fundamentación normativa del supuesto en CyL pasa por el Decreto 37/2022.

En la programación didáctica: la programación debe referirse al currículo vigente de CyL. Los elementos curriculares (competencias específicas, criterios de evaluación secuenciados por curso, contenidos) deben ser los del Decreto 37/2022. Una programación que cite el Decreto 122/2007 está fuera de norma.

Mapa normativo completo para Infantil en CyL


Nivel

Norma

Qué regula

Estatal (ley orgánica)

LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020)

Marco general del sistema educativo

Estatal (real decreto)

RD 95/2022, de 1 de febrero

Ordenación y enseñanzas mínimas de Infantil

Autonómico (decreto)

Decreto 37/2022, de 29 de septiembre

Ordenación y currículo de Infantil en CyL

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entró en vigor?

El 1 de octubre de 2022 (día siguiente a su publicación en BOCyL). Se aplica desde el curso 2022/2023.

¿Qué normas derogó?

El Decreto 122/2007 (currículo del segundo ciclo de Infantil en CyL), los artículos 2-7.2 del Decreto 12/2008 (contenidos del primer ciclo) y la Orden EDU/721/2008 (implantación y evaluación del segundo ciclo).

¿CyL usa "saberes básicos" o "contenidos"?

CyL usa el término "contenidos" en el Decreto 37/2022, no "saberes básicos" como otras comunidades (Andalucía, por ejemplo). Es la misma categoría curricular con diferente nombre. En el examen de CyL, usar "contenidos" es lo correcto.

¿Los criterios de evaluación están por ciclo o por curso?

En el segundo ciclo (3-6 años), los criterios de evaluación del Decreto 37/2022 están secuenciados por cursos (3 años, 4 años, 5 años), no solo por ciclo. Esto da un nivel de concreción mayor que en otras comunidades.

¿Es suficiente con conocer el Decreto 37/2022 para la oposición?

Es la base imprescindible. Pero para la programación y los supuestos conviene dominar también los anexos (especialmente el II.A de principios metodológicos, el II.C de situaciones de aprendizaje y el III de áreas) y el RD 95/2022 a nivel estatal.

Fuentes

  1. Decreto 37/2022, de 29 de septiembre, currículo Educación Infantil Castilla y León. BOCyL núm. 190, 30/09/2022

  2. Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, ordenación y enseñanzas mínimas de Educación Infantil. BOE

  3. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE). BOE

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